La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) emitió un comunicado detallando los nuevos límites para las operaciones realizadas a través de billeteras virtuales. Los mismos entrarán en vigencia a partir del próximo miércoles 1 de mayo, con el objetivo de brindar claridad y evitar inconvenientes en el uso de fondos.
Respuesta al crecimiento de las billeteras virtuales
La medida de la AFIP surge en respuesta al crecimiento exponencial del uso de billeteras virtuales, las cuales se utilizan para una amplia gama de transacciones, desde pagos de transporte y comida hasta alquileres y otros servicios.
AFIP: cuál es el máximo que puedo tener en una billetera virtual
Según lo comunicado por la AFIP, los saldos finales mensuales inferiores a $200.000 no serán reportados por la agencia, permitiendo a los usuarios operar mensualmente en sus cuentas con montos que no excedan los $120.000.
Además, se reportarán a la AFIP las transacciones individuales que superen los $400.000.
De acuerdo a la AFIP, esta medida busca garantizar la transparencia fiscal y determinar el origen de los fondos, así como evaluar si las operaciones están sujetas a impuestos. Es importante recordar que la AFIP podrá solicitar información sobre el origen de los fondos a los contribuyentes cuando lo considere necesario.