La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el plazo para que los trabajadores en relación de dependencia informen a sus empleadores las deducciones anuales del Impuesto a las Ganancias de 2023. La nueva fecha límite, la cuarta desde la original, para presentar el trámite se fijó para el 15 de julio.
La medida fue oficializada este jueves con la resolución 5519, publicada en el Boletín Oficial, a horas de que la Cámara de Diputados trate en el recinto las modificaciones al gravamen sobre los ingresos, contenidas en la reforma fiscal que impulsa el gobierno de Javier Milei.
El organismo recaudador extendió los plazos para que los empleados carguen las deducciones en el SIRADIG y los informen a su agente de retención, pero dejó sin cambios la fecha para que los empleadores hagan la liquidación anual, que será hasta el 31 de julio.
También dejó la fecha tope para la posible devolución del impuesto retenido en exceso, que se efectuará hasta el 9 de agosto de 2024, incluido el reintegro de las percepciones para quienes compraron dólares o gastaron con tarjeta en el exterior.
El plazo original para completar el formulario 572web a través del Siradig era hasta el 31 de marzo, como todos los años. Unos días antes de esa fecha, el Gobierno lo prorrogó hasta el 30 de abril, más adelante extendió hasta el 31 de mayo y luego hasta fin de junio, todo a la espera del tratamiento de la Ley Bases y la reforma fiscal en el Congreso. Ahora, con el tramo legislativo cerca de finalizar, la cuarta prórroga para presentar el formulario 572web fue de 15 días.
Cambios en el Impuesto a las Ganancias: hasta cuándo se puede presentar las deducciones de 2023
A través de la resolución 5519, la AFIP extendió el plazo para que los trabajadores informen a sus empleadores las deducciones anuales del Impuesto a las Ganancias del 2023. La nueva fecha límite para presentar el trámite es el lunes 15 de julio. En tanto, los empleadores deberán realizar la liquidación anual antes del 31 de julio y la devolución del impuesto retenido en exceso se debe efectuar previo al 9 de agosto de 2024.
Cómo informar las deducciones de Ganancias 2023
Los trabajadores registrados alcanzados por Ganancias deben completar el formulario 572 del Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG), a través de la página de AFIP. Se debe contar con CUIT y clave fiscal. El paso a paso:
El trabajador en relación de dependencia debe ingresar al sitio de la AFIP, con número de CUIL/CUIT y clave fiscal; Tiene que entrar al servicio SIRADIG/Trabajador; Se abrirá el formulario 572, donde el sistema mostrará los períodos fiscales disponibles; Seleccionar 2023 en el menú desplegable; Se abrirá un nuevo borrador para confeccionar la declaración jurada; Si tiene cargas de familia (hijos menores de 18 años y/o cónyuge), debe confirmar los datos; También puede cargar otras deducciones por gastos que se hayan tenido durante el mes como: servicios médicos; intereses de préstamos hipotecarios; alquiler de vivienda permanente, seguros de vida; personal de casas particulares.
Impuesto a las Ganancias: quiénes vuelven a pagar si se sanciona la reforma fiscal Diputados trata este jueves la Ley Bases y la reforma fiscal, con la restitución del Impuesto a las Ganancias y las modificaciones en Bienes Personales. Este martes el oficialismo logró incluir en el dictamen de comisión la versión original para cambiar ambos impuestos, que habían sido rechazadas por el Senado, y espera que la Cámara Baja lo ratifique en el recinto.
Si se sanciona, la restitución de Ganancias implicará que más de 1 millón de empleados en relación de dependencia volverán a estar alcanzados por el gravamen si sus ingresos netos o de bolsillo son iguales o superiores a $1,5 millones.
Los empleados solteros sin hijos estarán alcanzados por Ganancias si su remuneración bruta mensual supera los $1.800.000 y un casado con hijos, desde los $2.300.000 en bruto.
Mecanismo de actualización. El proyecto establece que las deducciones personales y las escalas del impuesto se ajustarán una vez al año por inflación a partir del período fiscal 2025.
Deducciones personales. Se incrementan las deducciones personales entre un 183,75% y un 186,65%, excepto a determinados jubilados. Además, se incorpora una deducción especial para que el aguinaldo esté exento del pago del gravamen. Escalas. Propone actualizar los tramos de las escalas en línea con la variación de precios. Aquellas que se encuentren entre el 5% y 15% se incrementarán en un porcentaje menor a la inflación registrada durante primer trimestre de 2024. En cambio, las más altas tendrán una actualización mayor. Se establece, además, que los cambios comenzarán a regir cuando entre en vigencia la nueva ley, es decir, que no habrá retroactivo ni se genera devolución hasta la nueva reforma.