ANMAT prohibió un aceite de oliva por considerarlo “ilegal”

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de un aceite de oliva por estar “falsamente rotulado” y ser considerado “ilegal”.

 

La medida fue publicada en el Boletín Oficial a través de la disposición 7834/2023. Según la ANMAT, esta decisión se tomó después de consultar al Instituto Nacional de Alimentos (INAL) y llevar a cabo una serie de inspecciones que revelaron que el registro de este producto era inexistente.

Aceite de oliva prohibido por la ANMAT

El producto en cuestión es el “Aceite de oliva extra virgen, Sabor Intenso, marca Colina del Rey RNE: 02-270637, RNPA: Expte: N° 02.645950 Origen Mendoza, Envasado por Casanova S.A.“.

Esta no es la primera vez que Casanova S.A. se encuentra en el centro de la controversia relacionada con la comercialización de aceite de oliva.

El año pasado, el organismo prohibió la venta de “un aceite de Oliva Extra Virgen marca Monte del Rey envasado por Casanova S.A.” debido a la falta de autorización de establecimiento y producto.

La ANMAT catalogó ambos productos como “ilegales” por no contar con registros sanitarios de establecimiento y producto, y por falsamente rotular los números de registros inexistentes en sus etiquetas.

El INAL respaldó la acción, enfatizando que cuando se trata de productos alimenticios que puedan contener trigo, avena, cebada o centeno (TACC) y que ostentan la leyenda “Libre de Gluten” y/o el símbolo “Sin TACC sin tener la habilitación correspondiente, se debe prohibir su elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional.

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